El fiscal Daniel Zalazar, representante del Ministerio Público Fiscal en Villa Unión, solicitó al juez Andrés Romero la elevación a juicio contra la ciudadana R.C.E., por considerarla autora penalmente responsable del delito de “Estafa”, conducta prevista y penada por el art. 172 y 42 ambos del Código Penal Argentino.
La causa inició a partir de la denuncia de representantes Estatales contra la inmobiliaria “CER – Servicios Inmobiliarios” de la ciudad de Mar del Plata, cuya representante legal es la persona imputada, en la que señalaban que la empresa habría puesto a la venta 760.647 hectáreas en la Provincia de La Rioja, que comprenden zonas de propiedad Estatal, como la reserva natural Laguna Brava, el Campo El Peñón, el Monte Piscis y dos localidades, Alto y Bajo Jagüel, donde viven aproximadamente unos 200 riojanos.
Las hectáreas, de gran importancia por tratarse de zonas de frontera, seguridad, y ámbito de protección de recursos y ecosistemas naturales, fueron puestas en venta a través de la plataforma inmobiliaria “www.zonaprop.com.ar”.
El aviso publicitario especificaba que la oferta comprendía un paraíso de un de poco más de 760.009 hectáreas, con las siguientes características: “lagunas, dos pueblos, salinas, un territorio con un montón de posibilidades turísticas, corredor bioceánico del MERCOSUR con salida a Chile, Laguna Brava, la más alta del mundo, Monte Piscis, dos pueblos de 100 habitantes promedio (Vinchina y Jagué), con estudios de viento, agricultura, ganadería, tramites limítrofes realizados”, entre otras características.
A su vez, las denunciantes representantes del Estado Provincial, corroboraron que la inmobiliaria “CER – Servicios Inmobiliarios”, también ofrecía en venta las tierras descriptas previamente en su página web.
En este marco, el Ministerio Publico Fiscal consideró que los elementos probatorios reunidos en la causa, no dejan duda alguna acerca de la materialidad de los hechos descriptos, así como de la participación de la imputada en ellos.
Por ello considera que existen elementos de prueba suficientes para sostener la participación como presunta autora materialmente responsable a la ciudadana procesada, R.C.E., por lo cual se solicita la elevación a juicio de la presente causa.