Así lo solicitó la fiscal Nadia Schargrodsky para un caso que fue denunciado por una mujer en contra de quien fuere su pareja por ocho años y es el padre de sus dos hijos menores de edad. Según consta en la denuncia, el hombre habría incumplido un acuerdo desde 2019 hasta la actualidad, lapso en el que la víctima debió hacerse cargo sola de las obligaciones referidas a los hijos.
En este marco, la fiscal Schargrodsky realizó un análisis de los elementos probatorios y consideró que “es claro el estado de indefensión al que sometió a los niños, poniendo en riesgo tanto su subsistencia como su normal desarrollo; y en especial la salud de uno de los niños, que no puede acceder a un tratamiento médico especial; ejerciendo una clara violencia económica en contra de la madre de los mismos; quien debe afrontar sola todas las obligaciones inherentes a la maternidad y paternidad”.
Según comentó la víctima, luego de su separación, en el año 2017 firmaron un acuerdo donde se estipulaba el régimen de contacto con sus hijos y la cuota litis; pero dicho acuerdo solo fue cumplido hasta el año 2019. “Desde entonces hasta el día de la fecha, el acusado dejó de ver a los niños y de pasarle la cuota alimentaria”.
Pese a que la víctima acudió a varias vías judiciales, no pudo lograr que el acusado cumpliera con sus obligaciones como padre.
Además la mujer relató que se encuentra en una situación económica muy precaria y no cuenta con los medios necesarios para costear el tratamiento de una enfermedad cardíaca que sufre uno de sus hijos. Entre otros de los gastos referidos al bienestar de los hijos en común, pero que solo cubre ella.
De esta manera, la representante del Ministerio Publico Fiscal, entendió que la prueba da sobrada cuenta de la materialidad de los hechos, de su relevancia penal y su grado de desarrollo; como así también de la intervención del imputado y su responsabilidad.
Por ello, al haberse reunido suficientes elementos probatorios, la fiscal considero que la conducta del acusado resultaría configurativa del delito de “INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR”, contenido en el Art. 1 de la Ley 13.944; y en consecuencia le solicitó a la jueza del Juzgado de Instrucción de Violencia de Género y Protección Integral de Menores N°1; que eleve esta causa a juicio.