El agente fiscal de Villa Unión, Daniel Eduardo Zalazar, requirió la elevación a juicio de una causa de violencia de género donde el imputado es el presunto autor material de las múltiples agresiones físicas hacia las víctimas identificadas como su ex pareja y ex suegra. Cada una con el respectivo daño acreditado en su cuerpo y salud.
Los dos hechos están caratulados como: Lesiones Graves Dolosas Agravadas, por el vínculo (persona con la cual ha mantenido una relación de pareja) y por haber sido cometido contra una mujer mediando violencia de género (Art. 92, en relación al Art. 90 y 80 Inc. 1 y 11 C.P.A.). Y delito de Lesiones Graves Dolosas (Art. 90 C.P.A.); ambos en concurso real (art. 55 C.P.A.).
En la causa intervino el Juzgado de Instrucción en lo Criminal y Correccional de la Segunda Circunscripción Judicial, sede Villa Unión, a cargo del juez Jorge Andrés Romero
Los delitos habrían ocurrido cuando el imputado se presentó sin previo aviso, en la casa de la ex suegra que vive en Villa Unión, donde se encontraba su ex pareja. Aparentemente, el denunciado habría viajado desde ciudad Capital para tratar de convencer a su ex pareja de retomar la relación, pero ante la negativa de la mujer, se desencadenó un grave hecho de violencia física, con golpes de puño en el rostro y cuerpo de la víctima, mordeduras y golpes con un bastón de goma o cachiporra;que el imputado había llevado oculto en su bolso de viaje.
A su vez, esta situación de violencia física,se repitió en contra de su ex suegra, cuando esta intenta defender a su hija hasta que finalmente lograron escapar hacia la calle, donde un vecino dio aviso a la policía.
En este marco, el fiscal opinó que “el imputado puso a la víctima en una situación de vulnerabilidad e indefensión desproporcionada,porque ocultó sus intenciones”.
Asimismo, consideró que otra demostración del poder y misoginia que se representa en agresor, es que su ex pareja declaró que este las había “corrido”, a ella y a su madre del domicilio (hogar familiar), que compartían con sus cuatro hijos en la ciudad Capital de La Rioja.
De esta manera, el representante del Ministerio Público Fiscal entendió que además de las respectivas declaraciones testimoniales y del informe del médico forense realizado a cada una de las víctimas; ambos hechos también “se demostraron a través del acta de inspección ocular realizada por personal policial en la vivienda descripta, junto a las fotografías incorporadas en consecuencia; que dejan por acreditadola veracidad de los relatos vertidos en las declaraciones testimoniales, respecto a la ubicación del espacio donde ocurrieron los hechos; la forma en la que se encuentra distribuida la vivienda y el desorden que había en el interior de la misma”.
Es por ello, que luego de analizar todos los elementos colectados en la presente causa, el fiscal Daniel Zalazar consideró que el sumario se encuentra completo y no requiere la incorporación de nuevos elementos o diligencias; y por lo tanto solicitó, al juez de instrucción Jorge Andrés Romero, la elevación a juicio de estas actuaciones ante la Cámara; considerando al imputado como supuesto autor materialmente responsable de dos hechos punibles caratulados como: Lesiones Graves Dolosas Agravadas, por el vínculo (persona con la cual ha mantenido una relación de pareja) y por haber sido cometido contra una mujer mediando violencia de género (Art. 92, en relación al Art. 90 y 80 Inc. 1 y 11 C.P.A.).Y como delito de Lesiones Graves Dolosas (Art. 90 C.P.A.); ambos en concurso real (art. 55 C.P.A.).