Los agentes Fiscales del Ministerio Público Fiscal y los Asesores del Ministerio Publico de la Defensa expresaron en virtud de la situación del cuidado personal provisorio de una niña de 6 años, confirmaron que, como órgano representante del máximo interés de la niña, su voz fue escuchada en Cámara Gesell, cuyo informe, profesional mediante y perito de parte, concluyó que no fue abusada.
Desde 2018 existe un régimen de comunicación que se vio alterado por 24 denuncias presentadas por ambos progenitores, a las cuales se les dio trámite correspondiente. De esta manera la justicia constató que hubo 11 presentaciones por parte de la madre y 13 por parte del padre de la niña.
Es importante destacar que, en esta causa, como en todas las presentaciones realizadas, tanto por el abogado del progenitor, como los sucesivos abogados de la progenitora; han tenido acceso total a los expedientes y a los elementos probatorios.
De esta manera, se informa que, a la niña se le realizaron 5 protocolos interinstitucionales de atención por supuesto abuso sexual con tres médicos distintos y en ninguno de los casos dichos profesionales constataron el abuso sexual de manera positiva. Se da a conocer, además que, hasta ahora participaron desde la justicia, 3 juezas de Violencia de Género y Protección Integral de Menores, 2 fiscales, 2 asesores de niñas/os, 2 jueces de Cámara Civil, 5 médicos del Cuerpo Médico Forense, 7 psicólogas/os y el Laboratorio Regional de Ciencias Forenses de la Provincia de Salta.
Este proceso ha trabajado fuertemente en consolidar los derechos de la niña por encima de las pretensiones de los adultos, entendiendo de esta manera que son muy distintos los mecanismos que la sociedad cree necesarios como resolución de conflictos, con los que realmente la justicia y las normas vigentes disponen.
Es importante destacar que citando un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) se ha establecido que: “El niño solo puede ser considerado sujeto y jamás objeto de derecho de otros, por lo que sus derechos también son derechos humanos”. Es así que se insta a familiares, partes interesadas, organismos de derechos humanos y funcionarios públicos provinciales y nacionales a colaborar positivamente, para que puedan asegurarse los derechos de la niña, y que no sea el Estado quien deba implementar la tutela de la menor, más allá de las pretensiones de sus progenitores.