Ambos juicios, se efectuaron por delitos cometidos dentro de la modalidad de Flagrancia, cuya investigación es manejada completamente por el Ministerio Público Fiscal. En uno de los juicios se sentenció a Juan Carlos Artaza con la pena de 6 años de prisión efectiva, cuyo resultado, fue la suma de la pena de dos hechos. Mientras que el otro condenado fue Eduardo Jonatan Echandía, quien fue juzgado por dos delitos y obtuvo 3 años de prisión efectiva.
Los representantes del MPF que elevaron estos hechos a juicio, fueron Luis González Aguirre por Artaza y la fiscal Cecilia Moreno por Echandía. Cabe destacar que ambos sentenciados poseían antecedentes penales.
Por su parte, Juan Carlos Artaza, tenía una condena de 2019, por tres años de prisión condicional; por el delito de ROBO CALIFICADO EN POBLADOS Y EN BANDA. A la que se sumó la pena del delito actual: ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA, quedando así, una condena de 6 años de prisión de cumplimiento efectivo.
Respecto a Eduardo Jonatan Echandía, fue juzgado por HURTO EN SITUACIÓN DE FLAGRANCIA y ROBO AGRAVADO POR EFRACCION EN SITUACION DE FLAGRANCIA, ambos delitos fueron cometidos en el transcurso del año 2020. Y en el juicio abreviado se acordó la condena de 3 años de prisión efectiva por los dos hechos.
Los hechos recientes
En mayo de 2020, a horas 21:30 aproximadamente, ingresaron a una farmacia del bario Alta Rioja, dos sujetos con cascos de motocicleta colocados, uno de ellos fue identificado como Juan Carlos Artaza de 46 años.
En el local se encontraba la encargada, quien fue amedrentada con un arma de fuego tipo “revolver”, y luego la obligaron a entregar todo el dinero de la caja registradora. Asimismo la golpearon en la cabeza con la culata del arma y le sustrajeron un teléfono celular de alta gama. Después, ambos delincuentes, se dieron a la fuga. En ese momento, la víctima, corrió a pedir ayuda y dos efectivos policiales iniciaron una persecución, logrando aprehender a Juan Carlos Artaza.
Por ello, el MPF, representando por el fiscal Luis González Aguirre, imputó a Juan Carlos Artaza por la participación penalmente responsable en calidad de autor del hecho, tipificado penalmente enlos Art. 166 Inc. 2 último párrafo del C.P. como “ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA – EN SITUACION DE FLAGRANCIA” Arts. 321 y 322 del C.P.P.
El otro hecho se produjo en diciembre de 2020 a las 23:40 Hs. aprox. cuando Eduardo Jonathan Echandía de 30 años y Miguel Ángel Olivera de 29 años de edad, ingresaron en un domicilio particular del barrio 20 de mayo, donde no se encontraban sus propietarios.
Posteriormente, ambos delincuentes rompieron una pared de la vivienda para lograr entrar y sustrajeron tres sillas de algarrobo y un inodoro que estaba instalado en el baño. Luego sustrajeron dos marcos de ventana de chapa y una puerta placa de madera. En ese momento, una vecina pudo ver como los delincuentes huían a bordo de una motocicleta, llevándose los marcos de la ventana y la puerta
La vecina testigo advirtió lo sucedido al personal policial de la Comisaría Quinta, quienes luego de una persecución y lograron detener a los delincuentes en el B° Tambor de Tacuarí.
Como Echandía ya tenía un proceso abierto por “HURTO” Art. 162 del C.P. – EN SITUACION DE FLAGRANCIA, en concordancia con los Arts. 321 y 322 del C.P.P., la fiscal Andrea Moreno, solicitó a la Cámara que el imputado sea juzgado por ese ilícito anterior y por este último, que es ROBO AGRAVADO POR EFRACCION EN SITUACION DE FLAGRANCIA.