Representado por el fiscal de cámara subrogante, Diego Torres Pagnusat, el MPF participó de una audiencia virtual donde se efectuó la lectura de sentencia de la “reordenación de la pena” para Miguel Sanabria, quien ahora fue condenado a 20 años de prisión efectiva, por “doble homicidio agravado por alevosía y por la finalidad de cometer otro delito” en contra de las hermanas Leiva. Hecho que ocurrió en Pagancillo en el año 2010.
Esta “reordenación de la pena” se produce porque en el momento de cometer el delito, Sanabria era menor de edad punible. Por lo que luego de varios recursos plateados en contra de la primera condena de reclusión perpetua que se dictó en 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) resolvió que por su condición, Sanabria no debía recibir la misma pena que Gabriel Esteban Carrizo, el otro imputado que sí era mayor de edad cuando se perpetró el hecho.
En función a esa resolución de la CSJN, el tribunal de la Cámara Segunda (Secretaría B) de la ciudad de Chilecito -integrado por las juezas Claudia Zárate, Antonia Toledo y Rita Albornoz- dispuso diferenciar la condena de Sanabria, respecto al otro imputado (Carrizo) y lo condenó a 20 años de prisión efectiva a cumplirse en el Servicio Penitenciario Provincial, por un “doble homicidio agravado por alevosía y por la finalidad de cometer otro delito (robo)” en contra de las hermanas Leiva.
Datos del hecho
El 9 de marzo del 2010 en Pagancillo (Dpto. Felipe Varela), los cuerpos de las hermanas Delia y Elvira Leiva, de 47 y 56 años, fueron encontrados por su cuñado, quien las halló en habitaciones diferentes, maniatadas y degolladas. Debido a varias pistas que los -ahora condenados- dejaron en el lugar del hecho; la policía pudo detenerlos rápidamente y fueron indagados por la jueza de Instrucción de Villa Unión a quien le confesaron el hecho.
En 2012 ambos imputados fueron sentenciados a “reclusión perpetua por el delito de doble homicidio calificado por el modo de ejecución y alevosía”. Pero en 2016 la CSJN determinó otorgarle la razón a un recurso de casación planteado por la Defensoría Oficial de Pobres y Ausentes de La Rioja (porque Sanabria era menor de edad) y revocó la resolución que lo condenó, ordenando a su vez, que “se dicte un nuevo fallo conforme a derecho”.
Finalmente, Sanabria fue condenado ayer en una audiencia virtual, mientras él se encontraba con su abogado en el SPP.