La sentencia del Tribunal, corresponde a lo solicitado por el fiscal de cámara, Rafael Diego López, quien durante las audiencias del juicio, logró demostrar que el acusado es penalmente responsable y culpable del delito “Abuso Sexual con Acceso Carnal Agravado por la Situación de Convivencia Preexistentente – Delito Continuado”.

Asimismo, por solicitud del fiscal López, el Tribunal ordenó que el hecho delictivo se declare, de Violencia Contra la Mujer; en función de los compromisos internacionales asumidos por el Estado Argentino y lo previsto por la Ley N° 26.485 y sus correlatos provinciales. Del mismo modo, declaró el hecho como abuso sexual infantil y maltrato infantil (leyes 23.849, 26061 y 8848). El pedido de la pena, se realizó en el marco de la audiencia de alegatos; donde el fiscal, Rafael Diego López, acreditó que la culpabilidad del imputado estaba demostrada por los diversos elementos de prueba presentados a lo largo de las audiencias.El Tribunal del juicio estuvo conformado por la jueza, Karina Cabral, como presidente; junto a los jueces vocales Gustavo Farías y Edith Agüero.Cabe señalar que durante todo el proceso de juicio, el fiscal López, estuvo acompañado y asesorado por la abogada ayudante fiscal, Melisa Brizuela.
