Durante la instancia de alegatos, el fiscal José Oliveros Icazzati había solicitado la pena de 11 años de prisión, sosteniendo que la culpabilidad del imputado estaba demostrada por los diversos elementos de prueba presentados a lo largo de las audiencias.
El tribunal presidido por la jueza Edith Agüero, y compuesto por los jueces vocales Gustavo Farías y Sara López Douglas, resolvió el pasado lunes condenar a P.F.S. a la pena de 10 años de prisión de cumplimiento efectivo, por considerarlo penalmente responsable y culpable del delito de “Abuso sexual con acceso carnal y promoción de corrupción de menores, agravado por la edad de la víctima”, en contra de su sobrino.
Oliveros Icazzati valoró las distintas pruebas presentadas durante el proceso, entre las que destacó la declaración testimonial de la víctima en Cámara Gesell y los informes psicológicos y médicos realizados por los profesionales actuantes en la causa.
Los hechos ocurrieron entre 2018 y 2020, momento en que el niño tenía entre cinco y siete años, y vivía en casa de su abuela materna junto a su hermano y tíos, incluido el imputado.