La jueza Edith Agüero resolvió condenar a dos años de prisión condicional a J.A.V., por considerarlo autor penalmente responsable y culpable del delito de “Abuso Sexual Simple” (Art. 119 Primer Párrafo del C.P.A), en contra de una menor que era su vecina.
El fiscal José Oliveros Icazatti había solicitado esa condena durante la instancia de alegatos, oportunidad en la que sostuvo que el acusado atacó la “indemnidad sexual de la menor, generando en la adolescente un estado de temor, ansiedad y alerta constante, debido a que el agresor es su vecino”.
Cabe recordar que la figura de abuso sexual simple consiste en tocamientos intencionales realizados en las partes íntimas del cuerpo de la víctima, sin su consentimiento y de clara significación sexual.
A lo largo del proceso de instrucción la víctima recibió atención jurídica de la Dirección Fiscal de Atención a la Víctima del Delito, organismo dependiente del Ministerio Público Fiscal, (en el marco de lo establecido por el artículo N° 13 de la Ley Provincial de Víctimas N° 10.185), dirigido por la abogada Cecilia Sahad, cuyas acciones contribuyen a la visualización de la víctima como parte y sujeto con derechos en condición de vulnerabilidad. Por lo cual, según la necesidad del caso en particular, brindan de manera gratuita los servicios de asesoramiento jurídico, psicológico y asistencia.
La lectura de sentencia tuvo lugar el pasado lunes en instalaciones de la Cámara Tercera en lo Criminal y Correccional.