El tribunal del juicio, presidido por el juez Gustavo Farías y acompañado por los jueces vocales Sara López Douglas y Ariel Bacco, resolvió el pasado martes condenar a la pena de 8 años de prisión efectiva a J.D.G., por considerarlo autor penalmente responsable y culpable del delito de “Abuso sexual simple”, contemplado y penado en los Arts. 119, primer y último párrafo inciso B. del Código Penal.
Cabe destacar que durante la instancia de alegatos, el fiscal Rafael López expuso que “durante este proceso quedé debidamente acreditada la producción material del hecho imputado en la acusación, como así también la autoría del mismo por parte del acusado”.
A su vez, explicó que “este Ministerio Público Fiscal considera la aplicación de circunstancias agravantes al momento de individualización de la pena”.