Se trata del ciudadano M.G.P., imputado por el delito de “Robo calificado con uso de arma blanca” y “Violación de domicilio en concurso real en situación de flagrancia”, arts. 166 inc 2°, 150 y 55 del Código Penal.
Luis González Aguirre, fiscal representante del MPF, ratificó hoy ante el tribunal el pedido de procedimiento de juicio abreviado realizado por el Ministerio Público Fiscal, en virtud de la existencia de un acuerdo previo de condena entre las partes.
El tribunal del juicio, presidido por la jueza Karina Cabral, acompañada por los jueces vocales Sara López Douglas y Gustavo Farías, resolvió aprobar la solicitud realizada y condenar al imputado a la pena de 5 años de prisión de cumplimiento efectivo, por considerarlo autor penalmente responsable y culpable de los delitos que se le enrostran.
Los hechos tuvieron lugar en los barrios Faldeo del Velazco Sur y Virgen Desatanudos, donde el imputado había escapado después de cometer el delito. Allí, fue finalmente reducido por vecinos, y puesto bajo custodia policial.
El proceso de Flagrancia es rápido y sencillo, el agente fiscal es el titular de la acción penal y es quien debe declarar el hecho como flagrancia, llevando adelante la investigación desde el inicio hasta el final. Esta acción permite brindar herramientas concretas al juez de la causa, facilitando una mayor celeridad en su resolución.