Fue durante la audiencia de alegatos, donde la fiscal Nadia Schargrodsky, manifestó que en el juicio quedó “demostrada la participación culpable y responsable del acusado en el delito Abuso Sexual con Acceso Carnal, Robo – en Concurso Real – en situación de Flagrancia”. El hecho ocurrió en el interior de la vivienda de la víctima, cuando el acusado ingresó a al dormitorio de la victima para someterla sexualmente y antes de huir cometió el robo.
Cabe recordar, que en nuestra provincia, es la primera vez que un hecho de esta magnitud se instruye mediante el procedimiento de Flagrancia; cuya investigación está a cargo del Ministerio Público Fiscal, desde el inicio de la causa hasta su desenlace final.
Por ello, este caso, como los delitos se cometieron en la modalidad de Flagrancia, la investigación estuvo a cargo de los fiscales Luis González Aguirre y Nadia Schargrodsky, quienes recabaron todos los elementos de prueba y a solo un mes de haber sucedido el hecho, elevaron la causa a juicio.
Ahora, finalizada la etapa del debate, ya en la etapa de alegatos y acompañada por el ayudante fiscal Agustín Silva, la fiscal Schargrodsky manifestó que “habiendo escuchado a todos los testigos y teniendo en cuenta la prueba documental presentada; se pudieron constatar las múltiples lesiones que poseía la víctima, como asimismo se le realizó el Protocolo de Actuación sobre las Víctimas de Abusos Sexuales, en el que las profesionales coincidieron que el relato de la víctima es real”.
Por lo cual, la representante del MPF consideró que esto demuestra claramente la consistencia en la declaración de la víctima, porque la misma se sostuvo en el tiempo, manteniendo la claridad en cuanto a los detalles”.
En este marco, la fiscal se dirigió al Tribunal del juicio y en su alegato aseguró: “estamos en condiciones de decir que este es un nuevo hecho de violencia en contra de la mujer, porque una vez más un hombre se siente con derechos sobre el cuerpo y la psiquis de una mujer. Una vez más una mujer no puede estar segura ni siquiera en su propia casa, en su propia cama sin que corra riesgo a manos de un hombre, que decidió que era dueño de hacer con el cuerpo de la victima su propia voluntad sin importar las suplicas y los ruegos de la mujer”.
En relación a esto, le pidió al Tribunal que en los términos de la ley 26.485, se declare al presente caso como de violencia contra la mujer.
Finalmente, la fiscal Schargrodsky solicitó que se condene al acusado a 13 años de prisión efectiva ; y se declare al acusado como culpable y penalmente responsable del delito “Abuso Sexual con Acceso Carnal (Art. 119 tercer párrafo del CP) y Robo (art. 164 del CP)– en Concurso Real – en situación de Flagrancia”