El hecho tuvo lugar en noviembre del año pasado en inmediaciones del barrio Padre Esteban Inestal de la ciudad de Chilecito, cuando una denuncia anónima alertó a personal policial de la presencia de un hombre que intentaba abrir vehículos estacionados en la vía pública.
Al arribar al lugar, personal policial de Comisaria Segunda encontró al acusado en el interior de un vehículo Renault Trafic Furgón, al cual ingresó tras haber violentado la cerradura de una puerta. El imputado, al notar la presencia policial, se dió a la fuga siendo apresado a los pocos metros.
En este marco intervino el fiscal Diego Torres Pagnussat, quien solicitó que se aplique al imputado C.J.G. el proceso de juicio abreviado, que culminó con la sentencia a 3 años de prisión de cumplimiento efectivo por considerarlo autor penalmente responsable y culpable del delito de “Robo agravado por las circunstancias de comisión”, previsto y penado por el Art. 167 inc. 4 en relación al Art. 163 inc. 6 del C.P.A.
Asimismo, el fiscal Torres Pagnussat solicitó el traslado inmediato del imputado a las instalaciones del Servicio Penitenciario Provincial donde cumplirá condena.
El proceso de Flagrancia es rápido y sencillo. El agente fiscal es el titular de la acción penal y es quien debe declarar el hecho como flagrancia, llevando adelante la investigación desde el inicio hasta el final. Esta acción permite brindar herramientas concretas al juez de la causa, facilitando una mayor celeridad en su resolución.