El hecho se produjo en el domicilio del imputado, donde efectivos policiales encontraron un arma larga, tipo Carabina; un revólver y una cartuchera con 11 proyectiles sin la documentación pertinente. Luego de la investigación, el fiscal Daniel Zalazar requirió la elevación a juicio directo de la causa.
Las armas fueron descubiertas a raíz de un allanamiento ordenado por el juez de instrucción de Villa Unión, debido a una denuncia por robo en contra del imputado oriundo de la localidad de Guandacol, departamento Felipe Varela.
En este marco, el personal de la Comisaría local, en compañía de dos testigos hábiles, estaban en el domicilio del imputado y entre sus pertenencias encontraron un arma larga tipo Carabina, Marca Winchester, de origen estadounidense; un revólver de origen Belga calibre 44, estampado con sus iniciales y once cartuchos de calibre 7.62X51; pero “ningún documento relativo a la tenencia, portación y legítimo usuario de dichas armas de fuego, ni fue aportado por el sospechado ni por persona alguna en su nombre”.
Es por ello, que al analizar todos los elementos de prueba en la investigación sumaria para casos de flagrancia, el fiscal consideró que la investigación se encuentra completa y no requiere la incorporación de nuevos elementos o diligencias.
De esta manera el fiscal Zalazar solicitó el Juicio Directo para esta causa de Flagrancia, en donde el imputado deberá responder a la acusación como presunto autor material, penalmente responsable del delito “TENENCIA ILEGAL DE ARMAS DE FUEGO DE USO CIVIL EN SITUACION DE FLAGRANCIA”, conducta prevista y penada por el art. 189 bis, Inc. 2°, 1° párrafo del C.P.A., en concordancia con los arts. 321 y 322 del C.P.P., de conformidad al Art. 10 y concordantes de la Ley Nº 8.661.
El representante del Ministerio Público Fiscal, entendió que en este caso se cumplen los requisitos para la configuración del delito endilgado, “porque los elementos probatorios que se han colectado en la presente causa, no dejan duda alguna acerca de la materialidad de los hechos descriptos, así como de la participación que se le adjudica al imputado”.
Cabe recordar que el Juicio Directo, es un procedimiento especial de resolución de conflictos que funciona como una opción a los juicios comunes, porque cuando hay pruebas contundentes y el delito se cometió en Flagrancia -es decir en aquellos casos en los que el autor es sorprendido cometiendo el delito-, se acorta el procedimiento.