La fiscal Nadia Schargrodsky solicitó que Jonathan Serrano, ex pareja de la víctima Karina Vayón, sea condenado a prisión perpetua por ser considerado culpable del delito Homicidio Calificado por el Vínculo y Femicidio, (Art. 80 Inc. 1 y 11 del CP).
La fiscal del caso efectuó este requerimiento en la audiencia de alegatos del proceso de juicio, cuyo tribunal estuvo presidido por la jueza Sara López Douglas, acompañada por los jueces vocales, Raúl Gustavo Farías y Carlos Castellanos, y que tuvo lugar en la Asociación de Magistrados durante la tarde de hoy.
Finalizada la etapa probatoria, presentados los testigos y la prueba documental; la representante del MPF manifestó que, a lo largo de las audiencias de juicio, quedó demostrado cómo sucedieron los hechos cuando encontraron a Karina Vayón asesinada en su domicilio.
Todo ocurrió el 31 de diciembre de 2018 entre las 2 y las 5.50 de la madrugada, en el domicilio de la joven, cuando Serrano violentó la puerta trasera de la vivienda para ingresar, le pegó a su ex pareja con una masa de albañil y le provocó un corte en el cuello que le ocasionó la muerte. Según la autopsia, falleció por traumatismo de cráneo y cortes en el cuello. Serrano huyó del lugar con marcas de rasguños en el cuello.
En este marco, la fiscal Schargrodsky aseguró que son contundentes las pruebas para sostener la acusación y solicitar la condena de prisión perpetua.
“Sres. Jueces, hoy estamos aquí en esta sala de audiencias juzgando un nuevo Femicidio, una vez más muere una mujer a manos de un hombre, en este caso su ex pareja y padre de su hija (…) Pero este no es un caso más, (..) tiene una diferencia, la prueba material más contundente”, expresó la fiscal al inicio de su alegato, refiriéndose a la remera de Serrano que tenía la sangre de la víctima, y a las uñas de la víctima que contenían ADN de Serrano.
“Cuando Jonathan Serrano asesina a Karina Vayón, se produce un intercambio de material genético entre ambos, que no deja lugar a dudas que solo pudo haberse producido en el momento en que Serrano le quitaba la vida”, aseguró la fiscal.
Durante el alegato, la fiscal Schargrodsky hizo hincapié en que la muerte de Vayón no se trata de un homicidio común, sino que además es un Femicidio, “porque se comprobó la muerte de una mujer en el contexto de género. Por lo que estamos ante un tipo de homicidio agravado que se da cuando existe una subordinación y sometimiento de la mujer hacia el varón, basada en una relación desigual de poder”.
De esta manera, la representante del MPF, con el objetivo de sostener la figura de Femicidio, nombró el inciso 1 del artículo 80 del Código Penal, donde quedan claramente acreditados que los extremos legales de las agravantes establecidas en la presente causa “…cónyuge, ex cónyuge, o a la persona con quien mantiene o ha mantenido una relación de pareja, mediare o no convivencia.”
“Serrano era la pareja de Karina hasta un par de meses antes de su asesinato, convivieron juntos y la prueba más clara es la hija que tienen en común”, concluyó la fiscal.
En cuanto a la agravante contenida en el Inc. 11ª establece “A una mujer cuando el hecho sea perpetrado por un hombre y mediare violencia de género”, numerosos testigos relataron las situaciones de violencia que sufría constantemente Karina a manos de Serrano, pero que ella por temor no denunciaba.
Luego de todo lo expuesto, Schargrodsky expresó que se probaron todos los elementos contenidos en la acusación; por ello, solicitó que se condene a JONATHAN GABRIEL SERRANO, por la comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR EL VINCULO Y FEMICIDIO, ART. 80 INC 1 Y 11, a la pena de PRISIÓN PERPETUA.